Control de accesos

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CONTROL DE ACCESOS

En GRUPOJEN  contamos con profesionales capacitados para brindar a la empresas control de acceso ya sea en sus instalaciones, eventos o dónde lo necesiten.

Control de accesos
Control de accesos

Un especialista en control de accesos es el encargado de desarrollar tareas de servicios auxiliares.

Podremos diferenciarlo de un Vigilante de Seguridad ya que la función de un controlador no es la de intervenir en la prevención de un acto delictivo, tampoco podrá retener a personas ni pedir identificación y su labor se limita al recinto donde desempeña su trabajo.

Los controladores deberán de estar uniformados para que sean fácilmente identificados, portar un anagrama que indique que su categoría de empleado y entre su equipamiento se limita a una linterna, un teléfono móvil y en el caso de que existan de mas de un controlador de accesos en el evento podrán llevar un walkie para comunicarse entre ellos.

En GRUPO JEN contamos con un equipo humano de controladores de acceso cualificados.  Llevamos más de una década garantizando el control de los accesos en todo tipo  de eventos, lo que nos convierte en una de las empresas de referencia del sector.

Este tipo de trabajadores son útiles en varios sectores, ya que pueden ser requeridos para cualquier tipo de empresas:

  • Colegios.
  • Parkings de vehículos.
  • Comunidades de vecinos.
  • Eventos deportivos.
  • Fincas privadas.
  • Fiestas.
  • Obras.

En definitiva, pueden desempeñar su labor en cualquier zona que requiera de un control de los accesos.

Su lugar de trabajo es muy variado, ya que como hemos visto, puede trabajar en empresas, colegios, hoteles, parkings, edificios, estadios, fincas, obras en construcción, etc.

Básicamente, en cualquier lugar que se requiera de una persona controlando accesos.

Las principales tareas encomendadas a un controlador de accesos para realizar su trabajo de forma correcta son:

  • No permitir el acceso a aquellas personas que no cumplan con las condiciones establecidas por la persona titular del local o responsable del evento, en el ejercicio del derecho de admisión.
  • Impedir el acceso al interior del establecimiento a las personas que se encuentran en alguno de los supuestos de limitación general de acceso.
  • Controlar que en ningún momento la afluencia de público supere el aforo máximo autorizado y, en consecuencia, no permitir la entrada de  más público con el objetivo de garantizar la seguridad en el evento.
  • Prohibir el acceso del público a partir de la hora límite de cierre o, en su caso, una vez iniciado el espectáculo o actividad, de acuerdo con sus condiciones específicas.
  • Informar de inmediato a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de las alteraciones del orden que se produzcan en los accesos, sin perjuicio de las actuaciones que puedan llevar a cabo para velar por la integridad física de las personas y los bienes, cuando la urgencia lo requiera.
  • En caso necesario, deberán auxiliar a las personas que requieran asistencia sanitaria y llamar al teléfono de emergencias correspondiente.
  • Permitir y facilitar las inspecciones o controles reglamentarios a las personas que realicen estas funciones.

Esas son las más comunes, pero pueden variar en función a las características del sector en el que se encuentre.

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